¿A qué nos referimos con Automóviles e Indumotoras?
En México la Ley Federal de Protección al Consumidor, ante cualquier empresa proveedora de productos o servicios, protege los derechos básicos del consumidor: Derecho a la información, Derecho a la educación, Derecho a elegir, Derecho a la seguridad y calidad, Derecho a no ser discriminados, Derecho a la compensación y Derecho a la protección.
En caso de que alguno de estos derechos no sea respectado por una empresa, o esta cometa algún tipo de abuso en contra de los consumidores, es posible recurrir a la Profeco (Procuraduría Federal del Consumidor).
El proveedor (por ejemplo, la automotora) deberán disponer en un lugar visible los precios, formas de pago y horarios de atención. El contrato de compraventa de un vehículo debe especificar lo siguiente sobre el auto: número de identificación vehicular, marca, tipo, modelo, año, color, número de motor, número de puertas y cualquier otro dato exigido en las disposiciones legales, así como especificar los accesorios y el equipo opcional.
Antes del último pago del automóvil y al momento de su entrega, la automotora debe entregar: (i) la factura que ampare el costo de compraventa (en planes a crédito la carta factura), (ii) manual del usuario en idioma español y (iii) la garantía que, en su caso, ofrezca el ensamblador, importador, distribuidor, distribuidor autorizado y el proveedor.