En México la Ley Federal de Protección al Consumidor, ante cualquier empresa proveedora de productos o servicios, protege los derechos básicos del consumidor: Derecho a la información, Derecho a la educación, Derecho a elegir, Derecho a la seguridad y calidad, Derecho a no ser discriminados, Derecho a la compensación y Derecho a la protección.
En caso de que alguno de estos derechos no sea respectado por una empresa, o esta cometa algún tipo de abuso en contra de los consumidores, es posible recurrir a la Profeco (Procuraduría Federal del Consumidor).
Un seguro consiste en una protección financiera ante el riesgo de perder algo valioso que sería difícil de reemplazar. Existen seguros de vida, medios y/o dentales, inmobiliarios, automotrices, entre otros.
En México existe un registro de aseguradoras, el cual es desarrollado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), por lo que es fundamental contratar seguros solo de las compañías de seguros establecidas legalmente. Además, es importante resolver todas las consultas previo a la contratación del seguro: preguntar cuáles son los derechos, tarifas, restricciones, obligaciones, recargos, etc.
¿Su compañía de seguros no quiere pagar? Esto se debe hacer
Las compañías aseguradoras reciben una cantidad de dinero de parte del cliente y quedan obligadas en caso de producirse un siniestro o lo que se indique en el contrato, a indemnizar o prestar el servicio convenido por el daño producido. Sin embargo, hay causas previstas de rechazo de pago de las indemnizaciones que generan inconformidad al cliente al no obtener los resultados esperados.
Pero, ¿Su compañía de seguros no quiere pagar? Conoce que pasos seguir si su compañía de seguros no quiere pagar. Así mismo, toma importantes consejos para evitar controversias con su compañía de seguros.
Debe tener muy claro que si la situación que motiva el reclamo se refiere a diferencias o controversias con una entidad fiscalizada respecto a la interpretación, aplicación y cumplimiento de las estipulaciones o condiciones de los contratos, o de la determinación y cuantificación económica de eventuales daños o perjuicios, su conocimiento y resolución corresponderá a los tribunales competentes.
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